Guía completa para la obtención del resolutivo oficial de COFEPRIS.
¿Prefiere que lo gestionemos nosotros? Nos encargamos de todo el trámite por usted.
Gestión Completa →150+
Licencias Tramitadas
99%
Tasa de Aprobación
100%
Acompañamiento hasta el Resolutivo
Descargue el Formato de Permiso Sanitario de Construcción y llénelo en su totalidad.
Si desconoce cómo llenarlo, consulte el Instructivo de Permiso Sanitario de Construcción.
Homoclave: COFEPRIS-05-039
Nombre: Permiso Sanitario de Construcción de Establecimientos Médicos
Elaborado conforme a los Lineamientos establecidos por COFEPRIS.
El Programa Médico-Arquitectónico debe describir, entre otros aspectos, los servicios médicos que se proporcionarán, las áreas que conforman el establecimiento, sus dimensiones, características constructivas, instalaciones y los planos arquitectónicos correspondientes.
Trámite presencial. Solicitar cita ante la COFEPRIS y entregar los documentos. Verificar el criterio de atención del trámite de acuerdo a su estado.
Puede entregarlo el interesado, representante legal o la persona designada y autorizada en el registro de la cita.
Consulte su trámite para verificar la disponibilidad de su resolutivo.
Asistir a la COFEPRIS donde inicio su trámite con su acuse de trámite, para recoger la respuesta.
Debe ingresarse y obtenerse el resolutivo antes de iniciar el trámite de obtención de Licencia Sanitaria de Rayos X.
La legislación sanitaria establece actualmente que, para obtener la licencia sanitaria de establecimientos que utilizan fuentes de radiación con fines médicos o de diagnóstico, debe contarse previamente con el Permiso Sanitario de Construcción COFEPRIS-05-039.
Además, los Lineamientos señalan que la solicitud de licencia sanitaria deberá presentarse ante la misma autoridad que haya emitido el Permiso Sanitario de Construcción, ya sea COFEPRIS o la autoridad sanitaria estatal correspondiente.
Los Lineamientos para el Programa Médico-Arquitectónico establecen que este documento debe ser elaborado por:
Ambos deben considerar los propios Lineamientos y la Norma Oficial Mexicana aplicable. Por ello, cuando el establecimiento cuente con equipos generadores de radiación ionizante, resulta fundamental que el proyecto arquitectónico sea desarrollado de manera coordinada con los requerimientos de protección radiológica, antes de iniciar la construcción.
La distribución de las áreas, ubicación del equipo, posición del operador, colindancias y elementos de protección deben ser considerados desde la etapa de diseño.
La memoria analítica de blindajes y el levantamiento de niveles de radiación corresponden a la etapa posterior de evaluación de la instalación y no sustituyen al Permiso Sanitario de Construcción.
Una vez autorizado el proyecto, se puede proceder con la construcción y posteriormente con la instalación y evaluación del equipo, para continuar con los trámites sanitarios correspondientes.
En condiciones ideales y con un expediente impecable, los tiempos de respuesta oficiales de COFEPRIS oscilan a partir de los 3 meses.
Nota importante: Estos tiempos están sujetos a la carga laboral de la dependencia y a su jurisdicción (Federal o Estatal). Si la autoridad detecta una sola discrepancia técnica o documental, emitirá un oficio de Prevención, lo que detiene el reloj gubernamental y puede prolongar su trámite por meses adicionales. Ingresar la carpeta sin errores desde el día uno es vital para la rentabilidad de su equipo.
Una de las mayores causas de rechazo es ingresar el expediente en la ventanilla equivocada. Seleccione su estado para saber si el trámite es federal, estatal o ambos.
Basado en los acuerdos de coordinación en materia de salud publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Ante dudas, consulte con NuclearX.
COFEPRIS es muy exigente en la documentación, un solo error significa meses de retraso y dinero perdido en equipo detenido. Lideramos la gestión de instalaciones de imágen médica en México. Permítanos ser su ventaja regulatoria.